INICIO DEL PROGRAMA
El
período de preinscripción para el curso 2015-16 se publicará en la web de la UPM a mediados de enero de 2015.
LOS
ALUMNOS QUE QUIERAN HACER LA PREINSCRIPCIÓN EN EL CURSO 2014-15 DEBERÁN PONERSE
EN CONTACTO CON LA SECRETARÍA ACADÉMICA DEL PROGRAMA:
(Departamento de Ideación Gráfica Arquitectónica. Eloísa
Grano de Oro Manzano. Teléfono: 91 336 6497. eloisa.granodeoro@upm.es)
En
su caso, podrá admitirse "condicionalmente" a alumnos que en el
periodo de preinscripción no cumplan con todas las condiciones definidas para
el programa pero que puedan cumplirlas para el periodo de matrícula.
En
el periodo de admisión a los Programas, las Comisiones Académicas de los
Programas de Doctorado (CAPD), asignaran a los nuevos doctorandos la dedicación
completa o parcial e informarán de ello a la Subdirección del Centro y a la
Comisión de Doctorado de la UPM.
En
cambio, para los cambios de dedicación se requerirá la aprobación de la
Comisión de Doctorado de la UPM. Las CAPD podrán solicitar el cambio siempre
que cuente con el informe favorable de la propia CAPD y esté convenientemente
justificado.
El programa se compromete a admitir al menos un 15% de alumnos extranjeros cada año, siempre que cumplan los requisitos estipulados.
DOCUMENTACIÓN
La
solicitud de admisión debe ser remitida al email de doctorado, eloisa.granodeoro@upm.es, en un
único archivo comprimido que tendrá como nombre los apellidos y nombre de la
persona solicitante.
En
este archivo, deberán encontrarse en formato pdf los siguientes documentos
designados APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_DOCUMENTO.pdf:
· Petición de admisión· Curriculum Vitae, portafolio (opcional)
Deberá de estructurarse en
torno a tres polos
fundamentales:
A- Formación Académica
Se valorará la formación y
expediente académico, así como los premios a la excelencia académica.
B- Experiencia docente e
investigadora Se valorarán las actividades realizadas en ámbitos educativos
oficiales y no oficiales. Se tendrán en cuenta la asistencia y exposición de
ponencias en Congresos, publicación de actas en Congresos internacionales y
artículos científicos en el campo de investigación del candidato, así como la
concesión de becas de iniciación a la investigación o similares. También se
valorará la iniciativa investigadora y el trabajo en equipo.
C- Experiencia profesional
Se valorará especialmente la
experiencia realizada en el campo de conocimiento, premios en concursos de
arquitectura, publicaciones de proyectos u obra y organización de exposiciones,
talleres y otras actividades
PORTFOLIO (opcional)
D- Debe recoger los trabajos
de diseño e investigación más significativos del solicitante. Se presentará en
formato
máximo DIN-A4 y no pasará de
treinta páginas. En trabajos realizados en estudios o colectivamente se
explicitará la participación del solicitante
· Carta de motivación
Se presentará un escrito, que
en ningún caso deberá exceder las 1000 palabras, donde se expondrá la
trayectoria académica/profesional, así como las razones que le llevan a
solicitar la admisión en el Programa y temas o áreas de interés que espera
poder desarrollar en el mismo. Así mismo, deberá hacer referencia a su interés
por la modalidad a tiempo completo o parcial elegida
· Certificados y otros documentos que acrediten los
méritos alegados. Propuesta provisional de tema de tesis, estado de la cuestión y cronograma de actividades
ACCESO
Y ADMISIÓN.
REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE
ADMISIÓN
El Consejo de Gobierno de la Universidad
Politécnica de Madrid ha aprobado un Modelo de Doctorado en su sesión de 21 de
diciembre de 2011. El citado modelo de doctorado se puede consultar en la
dirección http://www.upm.es, en concreto en el documento:
Este modelo es aplicación de Real Decreto
99/2011, de 28 de enero, publicado en el BOE, Núm. 35, del jueves 10 de febrero
de 2011, Sec I, Pag. 13909-13926, por el que se regulan las enseñanzas
oficiales de doctorado.
El Real Decreto, en su artículo 6, Requisitos
de acceso al doctorado, establece que:
1. Con carácter general, para el acceso a
un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los
títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo podrán acceder quienes se
encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título
universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de
Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo
establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y
su modificación por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, y haber superado
un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios
oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial
español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho
comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar
con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el
artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente
título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en
valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de
Máster.
c) Los titulados universitarios que,
previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a
plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación
positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del
título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título obtenido
conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación,
previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de
formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y
que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de
doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del
título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a
otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
e) Estar en posesión de otro título
español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
El Real Decreto, en su artículo 7, Criterios
de admisión, establece que:
1. Las Universidades, a través de las
Comisiones Académicas a que se refiere el artículo 8.3 de este real decreto,
podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y
admisión de los estudiantes a un concreto programa de doctorado.
2. La admisión a los Programas de
Doctorado, podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos.
Dichos complementos de formación específica tendrán, a efectos de precios
públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de
formación de nivel de doctorado y su desarrollo no computará a efectos del
límite establecido en el artículo 3.2.
3. Los requisitos y criterios de admisión
a que se refiere el apartado uno, así como el diseño de los complementos de
formación a que se refiere el apartado dos, se harán constar en la memoria de
verificación a que se refiere el artículo 10.2.
4. Los sistemas y procedimientos de
admisión que establezcan las universidades deberán incluir, en el caso de
estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad,
los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de
posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
Perfil de ingreso
Perfil 1:
Egresados del Máster Universitario en
Comunicación Arquitectónica por la Universidad Politécnica de Madrid, que servirá
de referencia de competencias adquiridas, una vez que éste se haya verificado
por la ANECA.
Alumnos que hayan realizado estudios
universitarios previos a la instauración de los grados universitarios, y hayan
realizado estudios de doctorado, en programas en áreas de conocimiento afines,
habiendo obtenido la Suficiencia Investigadora.
Alumnos procedentes el Máster
Universitario en Proyectos Arquitectónicos avanzados del Departamento de
Proyectos de la ETSAM que por competencias capacita totalmente para acceder al
Programa de Doctorado en Comunicación Arquitectónica.
Sin complementos formativos.
Perfil 2:
Graduado/Licenciado en Arquitectura
ostentando un Máster Universitario afín al Máster de referencia (que incorpore
alguna de las áreas de conocimiento contempladas en la descripción de este
programa), habiendo superado al menos 60 ECTS.
Graduado/Licenciado en otros estudios
universitarios diferentes de arquitectura, que incorporen alguna de las áreas
de conocimiento contempladas en la descripción de este programa y ostentando un
Máster Universitario afín al Máster de referencia, habiendo superado al menos
60 ECTS.
Graduado/Licenciado en estudios
universitarios extranjeros que incorporen alguna de las áreas de conocimiento
contempladas en la descripción de este programa y que hayan obtenido la
suficiencia investigadora en una universidad española o hayan accedido a los
estudios de doctorado en sus respectivos países, e incluso obtenido la
suficiencia investigadora en ellos.
Los tres casos contemplados se
corresponden con tres situaciones similares, ya que todas ellas comparten un
período formativo de posgrado similar en cuanto a su duración y evidentemente
en cuanto a los contenidos ya que este epígrafe incorpora explicitamente la
afinidad con el Máster de referencia.
Complementos formativos 12 ECTS del Máster
de Referencia, dentro del bloque proyectual.
Perfil 3:
Graduados/Licenciados en Arquitectura así
como graduados/licenciados en estudios universitarios que incorporen alguna de
las áreas de conocimiento contempladas en la descripción de este programa
conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior
que en su país tuvieran acceso para entrar en estudios de doctorado.
Quienes, en virtud del Artículo 6,
epígrafe d) del RD. 99/2011 deben estar en posesión de un título obtenido
conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación,
previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de
formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y
que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de
doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título
previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros
efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
Complementos formativos de 18 ECTS del
Máster de Referencia, de los que 6 corresponden al bloque proyectual, 6 al
bloque metodológico y 6 al bloque teórico.
ÁREAS DE CONOCIMIENTO CONTEMPLADAS EN ESTE
PROGRAMA:
Antropología Social (030), Composición
Arquitectónica (100), Comunicación Audiovisual y Publicidad (105), Dibujo
(185), Didáctica de las Ciencias Sociales (210), Expresión Gráfica
Arquitectónica (300), Lenguajes y Sistemas Informáticos (570), Métodos de
investigación y Diagnóstico en Educación (625), Proyectos Arquitectónicos
(715), Psicología Evolutiva y de la Educación (735), Psicología Social (740),
Sociología (775), Teoría e Historia de la Educación (805).
Criterios de admisión
La Comisión de Doctorado de la U.P.M. será
la responsable de verificar los requisitos de acceso de los candidatos.
La Comisión Académica del Programa de
Doctorado será la encargada de seleccionar, entre las candidaturas aprobadas
por la U.P.M., a los alumnos admitidos de acuerdo a criterios de méritos y
esperanza de resultados investigadores excelentes.
Se describen a continuación los criterios
de admisión y selección que utilizará la Comisión Académica del Programa de
Doctorado:
- 80% Formación.
- Se valorará la formación y el expediente
académico, especialmente las titulaciones con competencias y conocimientos relacionadas
con las áreas de conocimiento contempladas en este programa.
- Se exigirá, al menos un nivel B2 en lengua
inglesa, siendo la puntuación de éste nivel 1 punto, de 2 puntos para el nivel
C1 y de 3 puntos para el nivel C2.
- Para alumnos de habla no castellana será
necesario un diploma de español como lengua extranjera Nivel B2.
- Hasta un 20% Otros méritos relacionados
con las áreas de conocimiento.
- Experiencia docente e investigadora previa
valorada a partir de:
- La
concesión previa de becas de iniciación a la investigación (concedidas por el
Ministerio de Educación u otros organismos)
- Premios a la excelencia académica
- Otras becas obtenidas para el desarrollo de
los estudios.
- Motivación del alumno; la Comisión académica
del programa podrá muy bien otorgar una valoración a una carta de motivación de
entre 0 y 5 puntos basándose en: Claridad de intenciones; Objetivos
profesionales; Calidad de la expresión escrita; Adecuación al programa y
Énfasis expresado en su escritura.
- Participación en actividades relacionadas con
el área de conocimiento. La Comisión Académica
otorgará una valoración global de entre 0 y 5 puntos que se valorará entre:
Actividades de iniciativa propia y de trabajo en equipo; actividades de ámbito
intercultural e internacional.
- Hasta un 20% Experiencia Profesional.
- Dada la singularidad y la gran diversidad de
salidas profesionales en la disciplina arquitectónica no es extraño el haber
desarrollado un período de actividad previo a la realización del doctorado,
considerándose esta experiencia de gran interés e importancia para la investigación
futura del doctorado y por lo tanto para su evaluación, si ésta está
relacionada con alguna de las áreas de conocimiento descritas en este programa.
Dedicación a tiempo parcial.
Tal y como se indica en el Reglamento de
elaboración y evaluación de la tesis doctoral de la UPM, Artículo 2. Estudios a
tiempo parcial, previa autorización de la Comisión de Doctorado de la UPM, a
petición del centro responsable del programa de doctorado, podrán realizarse
estudios de doctorado a tiempo parcial. En caso de ser concedida, la
autorización entrará en vigor el semestre siguiente a su autorización. En este
caso tales estudios podrán tener una duración máxima de cinco años desde la
admisión al programa hasta el depósito de la tesis doctoral.
En todo caso, se mantiene la duración
mínima de los estudios de doctorado especificada para los alumnos a tiempo
completo, de un año, a contar desde la admisión del doctorando al programa
hasta el depósito de la tesis doctoral, tal y como se dispone en el Reglamento
de elaboración y evaluación de la Tesis Doctoral de la Universidad Politécnica
de Madrid,
Artículo 1. Estudios a tiempo completo.
Los estudiantes deberán indicar su
voluntad de realizar el programa a tiempo parcial en el momento de su solicitud
de admisión. Será la Comisión Académica la encargada de evaluar cada año
académico el número de plazas a tiempo parcial y tiempo completo admitidas de
forma que se completen el número total de plazas completas ofertadas. Para este
cálculo se contabilizará la plaza a tiempo parcial como 1/2 plaza.
El cambio de modalidad de tiempo completo
a tiempo parcial deberá ser aprobado por la Comisión Académica del Programa
siendo comunicada por ésta a la Comisión de Doctorado de la UPM.
La figura del estudiante a tiempo parcial
queda reflejada en las siguientes normativas de matrícula y evaluación de la
Universidad: NORMATIVA DE ACCESO Y MATRICULACIÓN de la Universidad Politécnica
de Madrid (Aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de abril de
2012), REGLAMENTO DE ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA TESIS DOCTORAL (Aprobado
por el Consejo de Gobierno en su sesión de 21 de diciembre de 2011) y MODELO DE
DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (Aprobado por el Consejo de
Gobierno en su sesión de 21 de diciembre de 2011).
Los estudiantes del Programa de Doctorado
podrán solicitar un cambio de modalidad de estudios a tiempo completo a
estudios a tiempo parcial o viceversa en aquellas ocasiones profesionales o
personales de una duración superior a 6 meses que se consideren de relevancia
mayor y que obstaculicen el rendimiento adecuado del alumno.
Será misión de la CAPD considerar los
casos de forma particular para concluir si son de fuerza mayor o no. Estas
solicitudes deben de ir acompañadas de los justificantes legales necesarios
para la validación de los mismos, como por ejemplo, un contrato de trabajo,
etc.
Necesidades educativas específicas
derivadas de discapacidad
En el caso de estudiantes con necesidades
educativas específicas derivadas de discapacidad, el programa de Doctorado en
colaboración con la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid (ETSAM)
ofrecerá los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados para evaluar la
necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios
alternativos.